BOLSA DE TRABAJO DE AUXILIARES DE AYUDA A DOMICILIO

La Comarca del Cinca Medio, por acuerdo adoptado en sesión del Consejo Comarcal celebrado el 9 de Abril de 2014 aprobó la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo de auxiliares de ayuda a domicilio mediante concurso-oposición, cuyas bases son las siguientes:

Primera.-ObjetoEl objeto de la presente es la creación de una bolsa de trabajo de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, Agrupación Profesional nivel 13, del Servicio Social de Base de esta Comarca.Las funciones a desempeñar serán las propias de un Auxiliar de Ayuda a Domicilio, conforme al Reglamento del Servicio de Ayuda a Domicilio de la Comarca del Cinca Medio y tiene como finalidad la cobertura temporal de las necesidades que surjan en el Programa de Ayuda a Domicilio por vacaciones del personal, incapacidad temporal, acumulación de tareas, etc.El ámbito de actuación de las Auxiliares de Hogar abarcará a todos los municipios de la Comarca del Cinca Medio. El período de vigencia de la presente bolsa se mantendrá hasta la aprobación de otra Bolsa de trabajo y anula la bolsa existente actualmente.

Segunda.- Condiciones de los aspirantes. Para tomar parte en la bolsa de trabajo será necesario:a)Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.También podrán participar otros extranjeros residentes en España, siempre que en este caso se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite para residir y trabajar.b)Tener cumplidos los 18 años. c)Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que les reconozca y habilite para trabajar y se adjuntará al título su traducción jurada.d)Estar en posesión del permiso de conducir, disponer de vehículo para destinar al Servicio y aceptar la obligatoriedad de cumplir el carácter itinerante del puesto de trabajo, debiendo realizar los desplazamientos por sus propios medios.e)No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones f)No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera. Las instancias solicitando formar parte de la Bolsa se presentarán en el modelo del Anexo I de las presentes bases en el plazo de 20 días naturales a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca. En el supuesto de que el último día de presentación de instancias fuera sábado, domingo o festivo, el plazo se entenderá prorrogado hasta el lunes o primer día hábil. Las instancias también podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJAP-PAC).La presentación de la instancia implica, a los efectos previstos en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el fichero de personal de esta Entidad, cuya finalidad es la derivada de la gestión de personal, siendo obligada su cumplimentación, disponiendo de los derechos de acceso, rectificación y cancelación y oposición en los términos previstos en la legalidad vigente y siendo responsable del fichero la Comarca del Cinca Medio.En la fecha de presentación de instancias deberá estarse en posesión de la totalidad de los requisitos exigidos en la Convocatoria.  Las bases íntegras se publicarán en los tablones de anuncios de la Corporación, y en el Boletín Oficial de la provincia de Huesca, si bien los sucesivos anuncios de la presente convocatoria se publicarán únicamente en los correspondientes tablones de anuncios de la Corporación.Las instancias en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda y se comprometen a jurar o prometer acatamiento a la Constitución Española deberán ir acompañadas de:

 1.-Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o equivalente.

 2.-Fotocopia compulsada de la titulación exigida.

 3.-Fotocopia compulsada del carné de conducir junto con declaración de disposición de  vehículo para llevar a cabo los desplazamientos que requiera el servicio. 

4.-Documentación acreditativa de los méritos y circunstancias que se aleguen para la fase de  concurso.

La experiencia profesional y los cursos de formación se acreditaran según establece la base quinta.

Cuarta.- Admisión de instancias.- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará resolución, aprobando la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en los tablones de edictos de la Corporación, concediéndose de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la LRJAP un plazo de diez días hábiles para subsanación. Ulteriormente, la Presidencia dictará Resolución elevando a definitiva la lista de aspirantes admitidos y excluidos, efectuándose, al mismo tiempo el nombramiento de los miembros del Tribunal, junto con el señalamiento del lugar, día y hora de la celebración de la prueba teórica.

Quinta.- Procedimiento de selección. Constará de dos fases: la primera fase será de oposición que será preciso superar para pasar a la fase segunda o de concurso.Primera fase consta de:

 1ª prueba: Consistirá en responder por escrito a un cuestionario de preguntas con respuestas  múltiples, en un tiempo máximo de 30 minutos relacionados con el temario del Anexo II. Esta  prueba será calificada de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de 5  puntos para superarla y poder pasar a la 2ª prueba. 2ª prueba: Consistirá en una entrevista personal relacionada con las funciones a desarrollar en  el puesto de trabajo. Será calificada de 0 a 5 puntos, siendo necesario alcanzar una puntuación  mínima de 2,5 puntos para superarla.

La calificación final de la fase de oposición será la  suma de los  resultados de las dos pruebas superadas.

Segunda fase o de Concurso: Sólo podrán acceder los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.Se valorarán los siguientes méritos:

1.-Formación. 1.a) Formación reglada: Estudios relacionadas directamente con las funciones del puesto de trabajo:

• Programa de cualificación inicial (PCPI):0,25 puntos

• Certificado de profesionalidad de rama socio sanitaria (PEAC): 0,50 puntos

• Grado medio o equivalente relacionados con la rama socio sanitaria: 0,75 puntos

• Bachiller Superior, BUP, COU, Grado superior o equivalente de rama socio sanitaria: 1 puntos

• Otras titulaciones de carácter superior relacionadas con rama socio sanitaria: 1,25 puntos

Si se presentan varios títulos sólo se tendrá en cuenta, a efectos de valoración como mérito, el superior de todos ellos. Se valorarán las titulaciones académicas acreditadas por los concursantes que sean de igual o superior nivel y distinta a la exigida.

1.b) Formación continua: Cursos directamente relacionados con las funciones del puesto de trabajo que sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua, : 0.01 puntos por cada 10 horas o crédito acreditados. Para otorgar esta puntuación se sumarán las horas/créditos de  todos los cursos acreditados y se dividirá por 10; si  resultare fracción superior a esta se computará como 10h/crédito más, en caso contrario se despreciará en el cómputo total de horas. Los cursos de formación se acreditarán mediante certificado o diploma de asistencia, con  indicación del número de horas lectivas.

2.- Experiencia Profesional.

a) Por experiencia en el mismo puesto de trabajo en Administraciones Públicas: 0.10 puntos por mes trabajado.

b) Por experiencia en puestos de trabajo de auxiliar en atención geriátrica, distintos de la Ayuda a Domicilio, en Administraciones Públicas: 0.07puntos por mes trabajado.

c) Por experiencia en el mismo puesto o similares de atención geriátrica en el sector privado, 0.05 puntos por mes trabajado.

 La experiencia profesional se acreditará mediante certificación expedida por el organismo público o privado en que se hubiesen prestado los servicios, en la que deberá constar tiempo de servicio y puesto desempeñado, siendo preciso acompañar informe de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social.En relación con la experiencia profesional en el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comarca del Cinca Medio no es preciso que sean aportados los correspondientes justificantes por los asistentes, salvo para la interposición de recursos o reclamaciones, la Comarca facilitará dichos datos al Tribunal calificador.

 Los puntos máximos que se otorgan en la  fase de concurso será el siguiente:  Formación: 2 puntos  Méritos profesionales: 3 puntos  

Sexta.- Tribunal seleccionador. La composición del tribunal será designado por la Presidencia de la entidad y se ajustará a lo previsto en el Art. 60 de la Ley 7/2007 de 12 de abril y estará constituido por los siguientes miembros,  además de por los respectivos suplentes:

Un Presidente y cuatro Vocales, uno de los cuales será el Secretario de la entidad, que actuará como secretario del tribunal, o persona en quien delegue.

  El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente. Los miembros del tribunal habrán de abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

Séptima.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramientos. Una vez terminada la selección, el tribunal publicará el listado, comprensivo de los aspirantes declarados aptos, siguiendo el orden de puntuación obtenida elevándolo a la Presidencia de la Corporación, para que se realice, en su caso, los contratos durante la vigencia de la Bolsa.  En caso de empate en las puntuaciones anteriores, éste se dirimirá mediante la valoración de la experiencia profesional, a razón de 0,10 puntos por mes de servicios prestados en plazas de contenidos similares en la Administración Pública.Esta bolsa de trabajo tendrá vigencia desde su creación hasta la aprobación de una nueva bolsa y mientras el aspirante siga reuniendo las condiciones exigidas en la presente convocatoria.

Octava.- Contratación.1. Los aspirantes que resulten elegidos y miembros de la bolsa quedarán obligados a presentarse para la formalización del contrato en un plazo máximo de 24 horas desde que se efectúe el llamamiento. El contrato suscrito obligará a ambas partes, salvo causas debidamente justificadas. La duración del contrato será temporal y variable de acuerdo a las necesidades puntuales de la contratación a formalizar, ya sean por bajas, sustituciones o vacaciones.

2. De acuerdo con lo establecido en el art 23 del Convenio colectivo de la Comarca del Cinca Medio se establecerá un periodo de prueba de quince días.3. La contratación temporal  tendrá, en todo caso, una duración inferior a la que prevean las leyes para su conversión en contrato indefinido no fijo.4. La remuneración de las personas contratadas con sujeción a la presente bolsa, será la correspondiente a su categoría, de acuerdo a las normas laborales y convenio colectivo vigente en cada momento para el personal de la Comarca.

Novena.- Llamamientos1. Cada contrato que haya de realizarse se ofrecerá a la persona que, ocupe en la bolsa la posición de mayor preferencia, siguiendo rigurosamente el orden de la misma.

2. El llamamiento se realizará preferentemente por vía telefónica, realizando un mínimo de dos llamadas con un intervalo de dos horas. En caso de que los integrantes de la bolsa soliciten el uso del correo electrónico como sistema de llamamiento, éste sustituirá al telefónico.

3. Si no responde, tras dejar constancia documentada interna firmada por el trabajador del SSB, se pasará automáticamente a la siguiente persona de la bolsa.

4. Si un familiar o persona distinta al aspirante fuese el receptor del llamamiento, se entenderá que será el responsable de notificarla al seleccionado. El receptor se identificará con nombre y apellidos.

5.  En el llamamiento se aportará la siguiente información relativa a la oferta de trabajo:• Causa• Duración aproximada• Municipios• Nº de horas6. Cuando un aspirante figure contratado para sustituir a un titular con reserva de puesto de trabajo, y cumplido el objeto del contrato, se produzca una nueva causa de sustitución del mismo titular sin interrupción en el tiempo, se podrá contratar a la misma persona de la Bolsa para el nuevo objeto, sin recurrir al sistema establecido en el primer párrafo de esta Base.

Décima.- Rechazo, penalización y exclusión.1. De rehusar la oferta de trabajo sin que conste escrito o justa causa a que se refiere el apartado siguiente, se dejará constancia por el responsable del llamamiento y podrá ser penalizado o excluido de la Bolsa de trabajo.

2. Se considerarán motivos justificados de rechazo de la oferta, por lo que no darán lugar a baja ni penalización en la bolsa las siguientes circunstancias, que deberán estar acreditadas por el interesado, en el plazo de tres días a contar desde la fecha del llamamiento:

a) Estar trabajando cuando se realice la oferta, para lo que deberá presentar documentación acreditativa de la situación.

b) Padecer enfermedad o estar en proceso de recuperación de enfermedad o accidente, justificándose mediante la presentación del oportuno informe médico.

c) Estar en alguna situación de las que, por embarazo, parto o adopción,  acogimiento o enfermedad grave de un familiar están contempladas en la normativa en vigor a  los efectos de permiso o licencias justificándose mediante documentación que acredite la situación.  En caso de renuncia por una de las causas recogidas anteriormente, deberá justificarse por  escrito que la causa ha dejado de darse y solicitar la reincorporación de nuevo en la bolsa, que  se producirá, en todo caso, cuando corresponda según el funcionamiento de la misma.

 Serán causas para la penalización durante dos meses: El no aceptar el puesto de trabajo, sin causa justificada, en dos ocasiones. Serán causa de exclusión de la bolsa: Haber sido penalizado en dos ocasiones y el no cumplimiento de las funciones del puesto de trabajo.

 Undécima.- Incidencias. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección, en todo lo no previsto en estas bases.

 Duodécima.- De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la provincia.Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Monzón, 9 de Abril de 2014.

El Presidente, José Antonio Castillón Serrate.

 

 

 

 

ANEXO I

 

DATOS PERSONALES

 

Nombre:                                                        Apellidos:                                DNI nº:

 

Domicilio:                                                       Municipio:                               Provincia:

 

Teléfono:                                                       Correo electrónico:

 

 

                Enterado/a de la convocatoria para la creación de una Bolsa de Trabajo de Auxiliar de Ayuda a Domicilio de la Comarca del Cinca Medio, publicada en el BOP de Huesca nº                         de

 

DECLARA

 

            Que son ciertos los datos consignados en ella, reuniendo las condiciones exigidas en la convocatoria, comprometiéndose a probar los datos que figuran en esta solicitud que le fueran requeridos y manifestando igualmente no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al empleo público, comprometiéndome a jurar o prometer acatamiento a la Constitución Española.

 

ADJUNTA la siguiente documentación:

 

  • 1.-Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o equivalente.
  • 2.-Fotocopia compulsada de la titulación exigida.
  • 3.-Fotocopia compulsada del carné de conducir y declaración de disponibilidad de vehículo.
  • 4.-Documentación acreditativa de los méritos y circunstancias que se aleguen para la fase de concurso.

 

SOLICITA: Ser admitido en tiempo y forma a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia  

                                  

En                        ,      de                    de 2014

 

Firma

 

 

 

 

 

 

En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que sus datos personales serán incorporados en el fichero de personal de esta Entidad, cuya finalidad es la derivada de la gestión de personal, siendo obligada su cumplimentación, disponiendo de los derechos de acceso, rectificación y cancelación y oposición en los términos previstos en la legalidad vigente y siendo responsable del fichero la Comarca del Cinca Medio.

Sr. PRESIDENTE

COMARCA DEL CINCA MEDIO

ANEXO II

 

TEMARIO

 

 

Tema 1.- Geriatría y gerontología Generalidades. El proceso de envejecimiento: cambios morfológicos y funcionales. Teorías sobre el envejecimiento. Valoración geriátrica. Síndromes geriátricos (incontinencia,  etc.).

Tema 2.- Alimentación y nutrición en el anciano.

Tema 3.- Aseo e higiene en el anciano

Tema 4.- Prevención y curas de las  úlceras de presión: Higiene y cura de la piel. Posiciones anatómicas.

Tema 5.- Caídas y fracturas en el anciano.

Tema 6.- Enfermedades crónicas en el anciano (hipertensión, diabetes,  asma,  obesidad, etc.

Tema 7.- Fisiopatología del aparato cardiovascular, digestivo, respiratorio y órganos sensoriales.

Tema 8.- Vías de administración de medicamentos y procedimiento de recogida  de muestras.

Tema 9.- Trastornos de la salud mental del anciano.

Tema 10.-El personal cuidador: Funciones, responsabilidad y deontología.

Tema11.- Limpieza, desinfección y esterilización.

Tema12.-Primeros auxilios, signos vitales

Tema 13.- Cuidado del anciano agonizante.

Tema 14.-Prevención de riesgos laborales: riesgos y medidas de prevención en el trabajo de auxiliar de hogar.

ADMINISTRACIÓN

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