EDICTO SELECCIÓN DE BOMBERO-CONDUCTOR - PRUEBAS FISICAS

1.- En relación con la formación de una bolsa de trabajo de la categoría profesional de bombero-conductor, se hace público el orden de prelación propuesto por el Tribunal para la valoración de las pruebas físicas:

 

 

 NOMBRE

PUNTUACIÓN

1

SIMOES GONZALEZ, PEDRO

27,00

2

NAVARRO SANTOS, PABLO

26,00

3

CASTRO URBANO, MANUEL          

23,00

4

DOMINGO ACEITUNO, MARIO           

23,00

5

MORENO USE, RUBEN                                                                             

23,00

6

BAELLO CORRAL, SANTIAGO

15,00

7

GARCIA AGUILAR, RAUL           

15,00

8

SANCHEZ ALVAREZ, ALBERTO                                        

13,00

9

CÓRDOBA MERINO, JAVIER          

10,00

10

MARTÍNEZ MEJÍAS, MANUEL

8,00

11

SALVADOR RODRIGUEZ, CARLOS                                                        

8,00

12

BARBOSA ALCOCER, ALBERTO JOSÉ

7,00

13

CUENCA BIJALANCE, IVAN MANUEL                                         

0,00

 

 

2.- Asimismo, el Tribunal comprueba que los siguientes aspirantes no se han presentado a las pruebas físicas, por lo que decaen en su derecho a formar parte de la bolsa de trabajo:

 

- DUARTO ÁLVAREZ, NOEL.

- DÍAZ AMEAL, ROMÁN.

- CRIADO CHICO, JAVIER.

 

3.- De igual manera, el Tribunal, ante la previsión de ausencia de alguno de los aspirantes, requirió al aspirante que ocupaba el puesto número dieciséis en la relación de candidatos por valoración de méritos. De esta manera, el Tribunal comprueba que dicho aspirante sí se ha presentado a las pruebas físicas, y es el siguiente:

 

- CUENCA VIJALANCE, IVAN MANUEL.

 

4.- Por todo ello, se propone a la Presidencia conformar la bolsa con los trece aspirantes que se han presentado, así como establecer un plazo de siete días naturales desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución para admitir peticiones de revisión de la valoración provisional de las pruebas físicas.

 

5.- Por otra parte, vistas las alegaciones presentadas para la valoración de méritos, se mantiene la misma valoración inicial de méritos del siguiente candidato, por no haberlos justificado debidamente en sus alegaciones, según lo expuesto en las Bases reguladoras:

 

·         SIMOES GONZÁLEZ, PEDRO.

 

Lo que se notifica, para su conocimiento y efectos, con indicación de que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común, contra la presente que no pone fin a la vía administrativa puede interponer recurso de alzada ante el órgano que dictó el acto o ante el Presidente de la Entidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al presente .Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Monzón a cinco de julio de dos mil diecisiete.

EL SECRETARIO INTERINO

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