EDICTO SELECCIÓN TÉCNICO INFORMÁTICO MODIFICACIÓN TRIBUNAL

La presidencia de la Comarca del Cinca Medio, mediante Decreto 451/2017, de catorce  de noviembre de dos mil diecisiete, en relación con la contratación de un Técnico Informático, ha dictado lo siguiente:

ANTECEDENTES

Visto el expediente para la selección y contratación de un Técnico en Informática, grupo C1 y grupo de cotización 5, con carácter temporal para el desarrollo del Proyecto “Implantación de Administración Electrónica en Comarca del Cinca Medio y apoyo a Ayuntamientos”, mediante contrato de interinidad, que tendrá una duración de nueve meses.

Visto el Decreto de Presidencia 433, de fecha dos de noviembre, en el que, entre otras cosas, se acordaba presentar Oferta Pública de Empleo ante el Instituto Aragonés de Empleo y se designaba a los miembros del Tribunal de selección.

Vista la renuncia para desempeñar las funciones de Presidente titular, presentada por la persona inicialmente designada, y vista la nueva designación efectuada por la Diputación Provincial de Huesca.

En virtud de las facultades atribuidas por la Ley 3/2002 de 25 de marzo de Creación de la Comarca del Cinca Medio y los art. 21 de la LRBRL y el art. 30 de la LALA.

RESUELVO

1.- Modificar la composición del tribunal, incluyendo el siguiente miembro:

Presidenta:

Eva Villacampa, Técnico informático de la Diputación Provincial de Huesca, titular.·      Orosia Santolaria, Técnico informático de la Diputación Provincial de Huesca, suplente.

2.- Publicar esta Resolución en el Tablón de Anuncios de la Comarca del Cinca Medio y en la página web www.cincamedio.es, y dar cuenta al Consejo Comarcal en la siguiente sesión que se celebre.

Lo que se notifica, para su conocimiento y efectos, con indicación de que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, contra la presente que no pone fin a la vía administrativa puede interponer recurso de alzada ante el órgano que dictó el acto o ante el Presidente de la Entidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al presente .Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Monzón, a catorce de noviembre de dos mil diecisiete.

EL SECRETARIO INTERINO

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