EDICTO DEL TRIBUNAL DE SELECCIÓN PARA AMPLIACIÓN DE LA BOLSA DE TRABAJO DE MONITORES DEPORTIVOS

El tribunal de selección de candidatos para la ampliación de la bolsa de trabajo de monitores deportivos, ha acordado lo siguiente:

          “En Monzón, en la sala de reuniones de la sede de la Comarca del Cinca Medio, a veintidós de junio dos mil dieciocho, siendo las once horas se constituye el Tribunal para la selección de personal para ampliación de bolsa de trabajo de monitores deportivos

PRESIDENTE:        Titular: Luis Miguel Buil Cheliz

                                     VOCALES:              Pablo Castel Torrente.

                                          Susana Buzarra Carballido.

                                                                    Beatriz Penella Herbera.

                                                                  Daniel Trullén Floría, que actuará como secretario .

Se declara constituido el Tribunal con las personas arriba indicadas. Se establece como procedimiento selectivo el concurso de méritos y se da lectura a los requisitos mínimos de acceso exigidos para el acceso al puesto:

• Nivel de Estudios: Educación Secundaria o equivalente

• Tener permiso de conducir B1 y disponibilidad de vehículo

• Se valorará experiencia como monitor deportivo, no siendo requisito imprescindible.

• Se aportará la documentación debidamente acreditativa de los méritos que se aleguen a efectos de valoración de la experiencia laboral y de formación.

La experiencia profesional se acreditará mediante certificación expedida por el organismo público o privado en que se hubiesen prestado los servicios, en la que deberá constar el tiempo de servicio y puesto desempeñado, siendo preciso acompañar Informe de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social.

Se procede a valorar los méritos, experiencia profesional y formación relacionada con el puesto a los 8 candidatos presentados.

La Candidata Belén Ciutad Rami se acoge al artículo 28.2 de la ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para no presentación de documentación en poder de otras Administraciones. Dado que el trámite de conseguir la documentación lleva tiempo, y la candidata manifiesta que en estos momentos no cuenta con disponibilidad inmediata para trabajar en este servicio, el tribunal decide posponer el cómputo de su puntuación final.

El Tribunal acuerda como criterios de desempate para aquellos candidatos que obtengan la misma puntuación:

Primer Criterio: Aportación de mayor experiencia

Segundo Criterio: Aportación de mayor formación

Tercer Criterio: Sorteo.

Tras la realización de sorteo, el orden de los tres candidatos con 0 puntos en formación y experiencia profesional es el siguiente:

1º.- Mur Boteller, María

2º.- Mur Boteller, Rocío

3º.- Sarrado Isla, Juan

Se efectúa una lista provisional de puntuaciones obtenidas, quedando en el siguiente orden:

 

APELLIDOS, NOMBRE

FORMACIÓN

EXPERIENCIA

PROFESIONAL

TOTAL PUNTUACIÓN

1.- Zueras Bellosta, Pablo

2,00

0

2

2.- Rufas Ramos, Aitor

1,13

0,69

1,82

3.-Pérez Castillón, Oscar

1,00

0

1

4.-Español Fluvia, Mireia

0,85

0

0,85

5.- Mur Boteller, María

0

0

0

6.- Mur Boteller, Rocío

0

0

0

7.- Sarrado Isla, Juan

0

0

0

 

- Ciutad Rami, Belén: Pendiente de la obtención de documentación

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Se concede un plazo de 5 días hábiles para presentación de alegaciones. Transcurrido el plazo, si no se presentan alegaciones, se elevará a la Presidencia la relación por orden de prelación según la puntuación final obtenida, la lista provisional de candidatos para la ampliación de la bolsa de trabajo de monitores deportivos, acordando una modificación del orden definitivo cuando se obtenga la información de otras Administraciones referente a los méritos de Belén Ciutad Rami.”

En Monzón, a fecha de la firma electrónica.

 

Fdo.: EL SECRETARIO INTERINO,

 

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