EDICTO SELECCIÓN AUXILIAR DE HOGAR

Concluida la tramitación del procedimiento de selección de auxiliares de hogar con destino a ampliar la Bolsa de Trabajo del Servicio Comarcal de Ayuda a Domicilio, bases aprobadas por  Resolución de Presidencia 405/2016 de 30 de noviembre de 2016 y concluida el proceso selectivo, se hace público el resultado:

De los candidatos presentados, quedan excluidos, por no reunir los requisitos mínimos exigidos, las siguientes personas:

 

Duran Nieto, Mª Carmen

 

Duro Giménez, Ana Mª

 

Nieto Guzman, Sheila

 

 

Realizada la valoración de los méritos resulta la siguiente calificación final, determinada por la suma de los puntos obtenidos.

 

APELLIDOS-NOMBRE

PRUEBA ORAL

FORMACIÓN

EXPERIENCIA LABORAL

TOTAL

1.   Turris Hulo, Verónica

3,6

3

0

6,6

2.   Casero Arcos, María Dolores

1,3

0

0

1,3

3.   Gracia Alfos, Mª Pilar

2,1

0,10

3

5,2

4.   García Marmol, Mª Ángeles

3,3

1,10

0,15

4,55

5.   Ruiperez Valero, Luisa

3

0

0,32

3,32

6.   Sevillano, López, Soledad

1,25

0,4

0,83

2,48

7.   Garde Etxebarria, Amaia

1,12

0,40

0

1,52

8.   Hernández Perella, Mª Pilar

3,27

0

0

3,27

9.   Nieto Guzman, Yessica

0,5

0

0

0,5

Reinoso Reinoso, Carmen M

3,12

3

3

9,12

Gascón, Martín Beatriz

2,9

0

0

2,9

 

Por lo que el Tribunal propone a la Presidencia como personas APTAS para formar parte de la Bolsa de trabajo en la categoría de Auxiliar de Hogar del Servicio de Ayuda a Domicilio,  por haber sido las personas candidatas que ha superado el citado proceso de selección, al obtener una puntuación final superior a 2,5 puntos, que por orden de puntuación, son las que se detallan:

 

APELLIDOS-NOMBRE

TOTAL

1.    Reinoso Reinoso, Carmen M

9,12

2.    Turris Hulo, Verónica

6,6

3.    Gracia Alfos, Mª Pilar

5,2

4.    García Marmol, Mª Ángeles

4,55

5.    Ruiperez Valero, Luisa

3,32

6.    Hernández Perella, Mª Pilar

3,27

7.    Gascón, Martín Beatriz

2,9

 

Lo que le notifico, para su conocimiento y efectos, con indicación de que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente que no pone fin a la vía administrativa puede interponer recurso de alzada ante el órgano que dictó el acto o ante el Presidente de la Entidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al presente.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

   

  En Monzón a 13 de Diciembre de dos mil dieciséis

 LA SECRETARIA ACCIDENTAL     

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