EDICTO SELECCIÓN DE CONDUCTORES DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS

La presidencia de la Comarca del Cinca Medio mediante Decreto 218/2017 de siete de junio de dos mil diecisiete en relación con la contratación de conductores del servicio de Recogida de Residuos Urbanos ha dictado lo siguiente:

Visto el informe del Encargado de Servicios de fecha 5 de junio de 2017, en el que se expone la necesidad de promover la contratación de conductores del servicio de Recogida de Residuos Urbanos, dentro del Departamento de Servicios de la Comarca del Cinca Medio, en sustitución de trabajadores que se encuentran en situación de Incapacidad Temporal o bien por aplicación de derechos laborales.

Vista la necesidad de renovar la bolsa de conductores existente, que se constituyó en el año 2011.

Vista la necesidad de cubrir lo antes posible los citados puestos vacantes, así como de designar un Tribunal de Selección que valore los méritos aportados por las personas preseleccionadas por el INAEM para las plazas ofertadas.

En ejercicio de las atribuciones delegadas en materia de personal y en virtud de las facultades atribuidas por la Ley 3/2002 de 25 de marzo de Creación de la Comarca del Cinca Medio y los art. 21 de la LRBRL y el art. 30 de la LALA.

 

RESUELVO:

 

1.- Presentar oferta de empleo ante la Oficina de Empleo del INAEM para la formación de una bolsa de trabajo de conductores en el Departamento de Servicios de la Comarca del Cinca Medio, Grupo 2, nivel 14, con contratos de interinidad, según las vacantes producidas, para el desarrollo de las funciones propias u ordinarias de estos puestos, y con unos horarios que dependerán del turno a cubrir en cada caso.

      

2.-  Establecer los siguientes requisitos para poder acceder al puesto ofertado:

§ Estar en situación de mejora de empleo o desempleo. En su caso, los candidatos deberán estar inscritos como demandantes de empleo con fecha 23 de junio de 2017 a las 14 horas.

Nivel de estudios: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, FP-1 o equivalente.

§ Certificado de Aptitud Profesional (CAP) vigente y con validez durante todo el contrato (si no fuese así el candidato seleccionado deberá renovarlo en la fecha de caducidad).

§  Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

§  No exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

§  Carné de conducir C.

 

El cumplimiento de los requisitos generales se acreditará mediante declaración responsable ante el Presidente de la Comarca u otra autoridad administrativa o judicial o ante notario. El cumplimiento de la titulación indicada se acreditará mediante fotocopia. Dicha documentación se aportará el día de la presentación en el Comarca del Cinca Medio.

 

3.- Designar al Tribunal que realizará la selección:

 

Presidente:

·        Ernesto Baringo Ezquerra, Encargado de Servicios de la Comarca del Cinca  Medio, titular.

Adrián Uclés Sena, Jefe de Protección Civil y Bomberos de la Comarca del Cinca Medio, suplente.

 

Vocales:

·         Maria Isabel Lastanosa Mir, Trabajadora Social de la Comarca del Cinca Medio, titular.

Ana Isabel Carilla Sanz, Técnica Restauradora de la Comarca del Cinca Medio, suplente.

·        Ángel Alejandro Pueyo Riverola, Bombero-Conductor de la Comarca del Cinca Medio, titular.

Mercedes María Álvaro Bosch, Técnica de Consumo de la Comarca del Cinca Medio, suplente.

·        Javier Ramón Foradada Buera, Agente de Desarrollo de la Comarca del Cinca Medio, titular.

Álvaro Palau Navarro, Guía de Turismo de la Comarca del Cinca Medio, suplente.

 

Vocal-Secretario:

·        Daniel Trullén Floría, Secretario de la Comarca del Cinca Medio, titular.

Berta Llorens Vilaplana, Administrativa de la Comarca del Cinca Medio, suplente.

4.- Establecer el siguiente baremo de méritos para la selección, teniendo en cuenta que se seleccionará, de entre los candidatos que envíe la oficina del INAEM, a aquéllos que obtengan un mínimo de 10 puntos:

 

A)  Méritos. Se valorarán los siguientes:

 

- La experiencia laboral, hasta un máximo de 10 puntos, en puestos similares a razón de 0,10 puntos por mes completo o fracción, trabajados en Administración Públicas, organismos públicos o entidades privadas.

           

- La formación, hasta un máximo de 5 puntos, por realización de cursos específicos directamente relacionados con las tareas del puesto que se pretende cubrir impartidos por centros oficiales, organizaciones empresariales, sindicales, profesionales o centros privados habilitados legalmente para impartir dichos cursos. Se puntuará con arreglo al siguiente baremo:

 

-                  Posesión permiso de conducir de clase E: 1 punto.

 

-                  Cursos (hasta 4 puntos):

 

            De 21 a 40 horas: 0,10 puntos.

            De 41 a 60 horas: 0,20 puntos.

            De 61 a 90 horas: 0,40 puntos

            De 91 a 120 horas: 0,60 puntos

            De 121 a 180 horas: 1 punto

            De más de 180 horas: 1,20 puntos

No se valorarán los cursos cuya duración sea inferior a 21 horas.

La experiencia laboral se acreditará de la siguiente manera: la que hubiera tenido lugar en Administraciones Públicas u otros entes públicos, mediante certificado de servicios prestados. La que hubiera tenido lugar en otro tipo de entidades o empresas, mediante certificado de aquéllas para las que se realizó la prestación laboral, acompañado de informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social o, alternativamente, mediante fotocopia compulsada de los contratos de trabajo suscritos, acompañada asimismo del citado informe.

La formación se valorará de la siguiente manera: los cursos, mediante fotocopia compulsada del diploma acreditativo de haberlos superado o, en su caso, del certificado de aprovechamiento expedido por el centro que lo impartió.

Dicha documentación se aportará el día de la presentación de los aspirantes en la Comarca del Cinca Medio para la celebración de la selección, en el lugar de realización de las pruebas. Dicho día será el 3 de julio a las 09:00 horas.

 

B) Entrevista personal:

La entrevista personal versará sobre el currículum aportado en la primera fase y, especialmente, sobre cómo el aspirante piensa desempeñar la actividad propia del puesto, siendo su finalidad determinar la idoneidad profesional de los aspirantes con respecto a las concretas funciones del puesto.

El máximo de puntos a obtener en esta fase será 5.

La calificación final vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en cada una de las fases. Dicha calificación final se hará pública en el Tablón de Anuncios de la Comarca del Cinca Medio.

Si ningún aspirante aprobase, el procedimiento citado se declararía desierto.

5.- De acuerdo con la LO 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos Personales, a través de este decreto, se informa a todos los interesados en participar en esta convocatoria que los datos personales facilitados a través de la carta de presentación y documentación aportada a los efectos, serán almacenados en el fichero de Recursos Humanos titularidad de la Comarca del Cinca Medio con la única finalidad de valorar su candidatura.

Asimismo, se informa de la posibilidad de que los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en relación con sus datos personales, en los términos establecidos por la Agencia Española de Protección de Datos Personales, dirigiéndose para ello a la Comarca del Cinca Medio, (Avda. El Pilar, 47 de Monzón, Huesca). Dichos datos no serán cedidos a terceros, salvo que la ley lo prevea o lo exija expresamente.

6.- Con los aspirantes que aprueben el proceso selectivo se constituirá una bolsa de trabajo por orden decreciente de puntuación. El objeto de dicha bolsa será disponer de personas capacitadas para cubrir las ausencias temporales de conductores del servicio. La validez de esta bolsa se limita hasta el treinta y uno de enero de dos mil dieciocho.

El llamamiento para cubrir dichas ausencias temporales se efectuará a los candidatos que estén incluidos en la bolsa, comenzando por aquel que figure en el primer puesto. Se llamará telefónicamente conforme los datos aportados por el aspirante, hasta en tres ocasiones, en intervalos de al menos 60 minutos y se podrá enviar igualmente correo electrónico. En caso de no obtener respuesta afirmativa en ese intervalo de tiempo, se pasará al siguiente candidato de la lista. 

Las personas contratadas, una vez finalizados sus contratos, volverán al puesto que les corresponda en la bolsa de trabajo.

7.- Si un integrante de la bolsa rechaza una oferta de trabajo sin causa justificada, causará baja por penalización durante un periodo de seis meses, haciéndose efectiva la misma desde el momento de la renuncia. Se podrá estar en una situación de «baja justificada» si la persona a la que se le ha hecho la oferta de trabajo alega y justifica documentalmente alguno de estos supuestos: enfermedad o situación de incapacidad temporal, maternidad, encontrarse trabajando en otro centro o empresa fuera de la Bolsa de trabajo de la Comarca del Cinca Medio y todas aquellas otras que llegado el caso fueran estimadas. En este supuesto, esta persona podrá incorporarse de nuevo a la Bolsa de trabajo en situación de «disponibilidad para trabajar» cuando justifique documentalmente la nueva situación.

Causarán baja definitiva quienes manifiesten expresamente su voluntad de dejar de pertenecer a la Bolsa, así como los integrantes de la misma que se vean afectados por dejar de acreditar alguno o varios de los requisitos de participación.

En lo no previsto en estas bases, se estará a lo señalado en la normativa General aplicable, siempre que no se encuentre en contradicción con lo señalado en estas bases.

 

La bolsa de trabajo estará en vigor en tanto en cuanto no se haga efectiva una nueva convocatoria.

La constitución de esta bolsa se publicará en el Tablón de Anuncios de la Comarca del Cinca Medio y una vez publicada entrará en vigor, sustituyendo toda bolsa que pudiera existir para este mismo puesto.

8.- Publicar el presente decreto en el Tablón de Anuncios de la Comarca del Cinca Medio y en la página web, a los efectos de su conocimiento general.

9.- Notificar el presente decreto a las personas interesadas, indicando que contra el mismo cabe la interposición, potestativamente, de recurso de reposición ante la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente, de recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día de su publicación o de su notificación, según el caso.

Monzón a trece de junio de 2017

EL PRESIDENTE

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