EDICTO BOLSA DE EMPLEO Y SELECCIÓN TRABAJADORA SOCIAL

La presidencia de la Comarca del Cinca Medio, mediante Decreto 323/2017, de diecisiete de agosto de dos mil diecisiete, y en relación con la constitución de una bolsa de trabajo y la contratación de una trabajadora social del Servicio Social de Base, ha dictado lo siguiente:
 
“ANTECEDENTES
 
Visto el Convenio interadministrativo de colaboración entre el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (I.A.S.S.) y la Comarca del Cinca Medio para la gestión de programas específicos de Servicios Sociales durante 2017, en el cual se contempla, entre otros extremos, el refuerzo del Centro de Servicios Sociales para, entre otras funciones, atender a personas en situación de dependencia, Servicio de Ayuda a Domicilio, etc.
 
Visto el expediente tramitado para la formación de una Bolsa de Trabajo de puestos de Trabajador/a social del Servicio Social de Base de la Comarca del Cinca Medio, para la cobertura temporal de vacantes por bajas médicas, maternales, excedencias o cualquier otra circunstancia análoga, así como por acumulaciones de tareas u otras situaciones puntuales que determinen la necesidad de efectuar contrataciones temporales.
 
Dado que, efectuado el llamamiento según lo previsto en las bases reguladoras, la Trabajadora social Dª. Alba Gareta Buil, la siguiente candidata integrante de la citada bolsa de trabajo, ha aceptado el puesto de trabajo ofrecido.
 
Visto el informe emitido en el ejercicio de la función interventora recogida por los art. 213 y ss de la Ley reguladora de las haciendas locales.
 
En virtud de las facultades atribuidas por la Ley 3/2002 de 25 de marzo de Creación de la Comarca del Cinca Medio y los Art. 21 de la LRBRL y el Art. 30 de la LALA.
 
RESUELVO
 
1.- Contratar, con efectos desde el 28 de agosto hasta el 31 de diciembre de 2017, a Dª Alba Gareta Buil, con N.I.F. núm. (…), como Trabajadora social del Servicio Social de Base de esta Comarca, Grupo A2 Nivel 22, en régimen de dedicación a tiempo completo.
 
2.- Notificar el presente a la interesada, a la Intervención, al Departamento de personal y al Servicio Social de Base, para su conocimiento y efectos oportunos.
 
3.- Dar cuenta al Consejo Comarcal en la próxima sesión que se celebre.”
 
 
Lo que se notifica, para su conocimiento y efectos, con indicación de que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, contra la presente que no pone fin a la vía administrativa puede interponer recurso de alzada ante el órgano que dictó el acto o ante el Presidente de la Entidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al presente .Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
 
En Monzón, a dieciocho de agosto de dos mil diecisiete.
 
 
 
EL SECRETARIO INTERINO

ADMINISTRACIÓN

Noticias