EDICTO-AMPLIACIÓN DE BOLSAS DE PEÓN ESPECIALISTA Y OPERARIO CONDUCTOR DEL ÁREA DE SERVICIOS Y RECOGIDA DE RESIDUOS DE LA COMARCA DEL CINCA MEDIO

La presidencia de la Comarca del Cinca Medio, mediante Decreto 259/2019, de once de junio de dos mil diecinueve, en relación con las bolsas de peón especialista y operario conductor del área de servicios y recogida de residuos  de la Comarca del Cinca Medio, ha dictado lo siguiente:

“Visto el informe del responsable del servicio de Recogida de Residuos Urbanos (RSU) de la Comarca del Cinca Medio, de fecha 10 de junio de 2019, por el que se solicita la contratación de un peón especialista y un operario conductor para suplir la ausencia de dos trabajadores por enfermedad temporal y períodos vacacionales.

            Visto que las bolsas de trabajo existentes para la contratación de personal de RSU, según las bases aprobadas por el Consejo Comarcal con fechas 14 de septiembre de 2011 y 8 de junio de 2018, no cuentan en la actualidad con personal disponible; y dada la urgente necesidad de contar con personal adecuado para la prestación del citado servicio en los municipios de la comarca.

            En virtud de las facultades atribuidas por la Ley 3/2002, de 25 de marzo, de Creación de la Comarca del Cinca Medio, y los arts. 21 de la LBRL y 30 de la LALA.

RESUELVO

            1.- Tramitar, con carácter de urgencia, una ampliación tanto de la bolsa de Peones Especialistas (Agrupación profesional, nivel 12) como de la bolsa de Operarios Conductores (Grupo C2, nivel 14) de Servicios y Recogida de Residuos de la comarca, mediante el procedimiento selectivo de concurso de méritos y con arreglo a las siguientes Bases reguladoras:

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:

- Tener nacionalidad española o hallarse en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

 - Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública o de cualquier órgano constitucional o estatutario de una Comunidad Autónoma; ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral que hubiese sido separado o inhabilitado.

- En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado de origen y en los mismos términos, el acceso al empleo público.

Bolsa de Peones Especialistas:

- Estar en posesión del certificado de escolaridad, el título de estudios primarios o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

- Poseer el permiso de conducción de la clase B1.

Bolsa de Operario Conductor:

- Poseer el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente,

- Poseer el permiso de conducción de la clase C+E y el Certificado de Aptitud Profesional (CAP)

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Las solicitudes para participar en el proceso selectivo, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas y se comprometen a jurar o prometer acatamiento a la Constitución, acompañando original y copia compulsada del Documento Nacional de Identidad, o documento equivalente, así como de la titulación exigida, se dirigirán al Presidente de esta entidad y se presentarán en el Registro General de la misma desde el día 12 de junio, miércoles, hasta el día 17 de junio, lunes.

Se deberá aportar, junto con la solicitud, la documentación debidamente acreditativa de los méritos que se aleguen a efectos de valoración de experiencia y formación.

Las instancias también podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP). Las Bases íntegras se publicarán en los tablones de edictos y la página web comarcales, en los medios de comunicación locales y en las oficinas de empleo del INAEM.

BAREMO DE MÉRITOS:

  1. Bolsa de Peones Especialistas:

Formación.- Hasta 3 puntos:

Méritos académicos.- Hasta 0,5 puntos.

Titulación académica de rango superior a la exigida para el acceso y que acredite conocimientos en áreas directamente relacionadas con el funcionamiento del servicio: 0,5 puntos.

Carnet de conducir.- Hasta 0,5 puntos.

Por estar en posesión del carnet de conducir de la clase C+E: 0,5 puntos

Cursos.- Hasta 2 puntos. Por la participación en cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por organismos oficiales o autorizados sobre materias relativas al puesto de trabajo a desempeñar:

· Hasta 25 horas: 0,05 puntos por curso

· De 26 a 50 horas: 0,10 puntos por curso

· De 51 a 100 horas: 0,20 puntos por curso

· De más de 100 horas: 0,40 puntos por curso

 

Estos méritos se acreditarán mediante original o copia compulsada de las correspondientes certificaciones, titulaciones, cursos o diplomas. No se valorarán los documentos que no especifiquen las horas que acreditan o no reflejen la duración de la acción formativa y dicha duración no pueda deducirse a la vista del documento. Tampoco se valorarán las que no tengan relación directa con el puesto de trabajo.

Experiencia.- Hasta 7 puntos: Servicios prestados en puestos de similar naturaleza y con funciones propias del mismo:

- 0,3 puntos por mes trabajado en entidades públicas. Máximo de 2,5 puntos.

- 0,15 puntos por mes trabajado en entidades privadas. Máximo de 2,5 puntos.

- 0,10 puntos por mes trabajado en puestos de conductor de camiones, en entidades públicas o privadas, de categoría similar o superior a la solicitada en la convocatoria. Máximo de 2 puntos.

Para periodos inferiores a un mes se efectuará el correspondiente prorrateo.

La justificación de estos méritos se acreditará por los siguientes medios:

•Certificación expedida por la entidad privada o por el órgano competente en el caso de servicios prestados en Administraciones Públicas, especificando años, meses, días de servicios y puesto desempeñado.

•Contrato laboral.

•Certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social.

En todo caso, deberán quedar suficientemente acreditadas la duración de los servicios prestados, la jornada laboral y las funciones realizadas por el aspirante.

  1. Bolsa de Operario Conductor:

Formación.- Hasta 3 puntos:

Méritos académicos.-  Hasta 0,5 puntos.

Titulación académica de rango superior a la exigida para el acceso y que acredite conocimientos en áreas directamente relacionadas con el funcionamiento del servicio: 0,5 puntos.

Carnet de conducir.- Hasta 0,5 puntos.

Estar en posesión del carnet de conducir de la clase D: 0,5 puntos.

Cursos.- Hasta 2 puntos. Por la participación en cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por organismos oficiales sobre materias relativas al puesto de trabajo a desempeñar:

· Hasta 25 horas: 0,05 puntos por curso

· De 26 a 50 horas: 0,10 puntos por curso

· De 51 a 100 horas: 0,20 puntos por curso

· De más de 100 horas: 0,40 puntos por curso

Estos méritos se acreditarán y valorarán de la misma manera que en el caso de la Bolsa de Peones Especialistas.

Experiencia.- Hasta 7 puntos: Servicios prestados en puestos de similar naturaleza:

  • 0,3 puntos por año de servicio en puestos de entidades públicas relacionadas con la recogida selectiva de residuos urbanos. Hasta un máximo de 2,5 puntos.

  • 0,20 puntos por año de servicio en puestos de entidades privadas relacionadas con la recogida selectiva de residuos urbanos. Hasta un máximo de 2,5 puntos.

  • 0,10 puntos por año trabajado en puestos de chófer en cualesquiera otros trabajos públicos o privados de categorías similares o superiores a la solicitada en la presente convocatoria (permiso de conducir C). Hasta un máximo de 2 puntos.

Para periodos inferiores a un año, se efectuará el correspondiente prorrateo.

La justificación de estos méritos se acreditará por los siguientes medios:

•Certificación expedida por la entidad privada o por el órgano competente en el caso de servicios prestados en Administraciones Públicas, especificando años, meses, días de servicios y puesto desempeñado.

•Contrato laboral.

•Certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social.

En todo caso, deberán quedar suficientemente acreditadas la duración de los servicios prestados, la jornada laboral y las funciones realizadas por el aspirante.

El Tribunal podrá decidir el mínimo de puntuación necesaria para formar parte de las bolsas y ser considerados aptos.

            2.- Designar a los miembros del Tribunal que realizará la selección:

Presidente:     Javier Foradada Buera, Técnico de desarrollo de la entidad.

Vocales:          Samuel Rodríguez Mesa, Operario conductor de Servicios de la entidad.

Alvaro Palau Navarro, Guía de turismo de la entidad.

Ana Carilla Sanz  Restauradora de Patrimonio de la entidad.

Mercedes Álvaro Bosch, Técnico de Consumo de la entidad, que actuará como Secretaria del mismo, o persona en quien delegue.

3.- El plazo para la recepción de solicitudes será desde el miércoles 12 de junio hasta el lunes 17 de junio a las 15.00 horas, ambos incluidos. El Tribunal valorará los méritos aportados el martes 18 de junio.           

            4.- Dar publicidad de las fases de la selección en los tablones de anuncios de la Comarca, medios de comunicación locales y oficinas de empleo del INAEM.

            5.- Se establecerá una ampliación de las bolsas de trabajo existentes, según el proceso selectivo seguido en 2011 para la selección de Peón especialista (bases aprobadas por el Consejo Comarcal el día 14 de septiembre de 2011) y según el Decreto 595/2018, de 4 de diciembre, para la selección de Operario Conductor, con los candidatos considerados aptos en la selección. La bolsa permanecerá vigente hasta la constitución de una nueva. En función de las necesidades del servicio, y previo informe técnico, se podrá seleccionar de la bolsa a aquel candidato que cumpla con las necesidades del servicio a sustituir.

            6.- La presentación de esta ampliación de bolsa implica, a los efectos previstos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el Fichero de Personal de esta entidad local, cuya finalidad es la derivada de la gestión del área de recursos humanos, siendo obligatoria su cumplimentación, disponiendo de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la legalidad vigente, y siendo responsable del fichero la entidad.

            7.- Dar cuenta al Consejo comarcal en la próxima sesión que celebre”.

 

Lo que se comunica para conocimiento general y efectos oportunos.

 

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

 

EL SECRETARIO INTERINO

 

 

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